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dc.contributor.authorHurtado Cespedes, Moises
dc.date.accessioned2017-12-20T18:08:36Z
dc.date.available2017-12-20T18:08:36Z
dc.date.issued2005
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/14426
dc.description.abstractel presente tema es de mucha importancia, por que en “bolivia2, en el aspecto económico vemos que por falta de mejores impuestos, tasas o contribuciones especiales; o por falta de un mejor control impositivo, existen formas de defraudar el control fiscal, lo que da lugar a que exista un déficit muy elevado. es de importancia significativa, porque sirve para tener un mejor recaudo impositivo de las entidades mencionadas en el art. 49 inc. b) de ley nro. 843 que están exentas del iue, como es el caso de “asociaciones civiles, fundaciones, o instituciones no lucrativas autorizadas legalmente que tengan convenios suscritos, y que desarrollen actividades: religiosas, de caridad, beneficencia, asistencia social, educativas, culturales, científicas, ecológicas, artísticas, literarias, deportivas, políticas, profesionales, sindicales o gremiales”. las cuales según d.s. nro. 27190 del 30 de septiembre de 2003 no son obligadas a presentar registros contables, sino que están obligadas a elaborar una memoria anual en la que se especifiquen las actividades, planes y proyectos efectuados además de los ingresos y gastos del ejercicio, de manera que la administración tributaria pueda verificar el cumplimiento de los requisitos que justifiquen la exención”. también es de importancia, por que es un tema de actualidad ya que en “bolivia” existe un sin número de habilidades para evadir impuestos, que solo afecta a unas cuantas personas, sino que repercute en el desarrollo mismo de nuestro bienestar como personas jurídicas y/o naturales que vivimos en bolivia. la presente monografía aportada en que se tiene que evaluar en art. 49 inc. b) de ley 843 y el art. 2 del d.s. nro. 27190 antes citados, para que aquellas entidades que efectivamente son sin fines de lucro , y están exentas del impuesto a las utilidades de las empresas, puedan ser contribuyentes especiales dependiendo de su fuente de ingreso, ya que si son de fuente extranjera entonces es un apoyo directo a nuestra sociedad y no necesitaría ser objeto una contribución especial; pero si sus ingresos fueran de fuente boliviana, a pesar de que son de apoyo a nuestra sociedad, son generados dentro de bolivia, por lo que habría que crear una contribución especial para dichas asociaciones, instituciones y fundaciones porque así el país tendría un “menor” déficit fiscal. es un tema de relevancia para la sociedad, porque actualmente vivimos en un constante déficit fiscal que se origino por la recesión económica, gastos excesivos, corrupción y un desmedido manejo de las finanzas públicas; si bien, se está controlando y mejorando, necesitamos que exista el principio de igualdad y de ecuanimidad, para que personas naturales y/o jurídicas que están evadiendo o están siendo exentos de algunos impuestos puedan aportar; siempre y cuando se determine su fuente de ingreso y su actividad principal. se beneficiarán con los resultados del presente estudio los habitantes de nuestro país, ya que se tendrán un menor déficit fiscal, habrá igualdad y ecuanimidad en cuanto a sujetos de determinados impuestos y mejoras de gran embargadora para nuestro país. esta monografía ayudará a reducir nuestro déficit fiscal y a crear una fuente de ingreso como se una contribución especial a los mencionados en el art.49 inc. b) de ley nro. 843.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Pública. Instituto de Investigaciones en Ciencias contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectSIN FINESes_ES
dc.subjectCONTRIBUYENTESes_ES
dc.subjectESPECIALESes_ES
dc.titleLos Sin Fines De Lucro Como Contribuyentes Especialeses_ES
dc.typeThesises_ES


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