Implementar un capítulo referente a la aplicacióm de sanciones administrativas por delitos de usurpación de concesiones mineras y de hurto de minerales en el titulo IV del libro segundo del Código de Minería
Abstract
Con la promulgación de la Ley N. 1777 de 17 de marzo de 1997, se establece los parámetros por los cuales se rige la actividad minera en la actualidad, dando prioridad a los derechos y obligaciones de los concesionarios mineros, además de acentuar mas el dominio del Estado sobre las concesiones mineras. Es así que el Estado al tener dominio sobre la riqueza natural que se encuentra en el territorio es susceptible de ser víctima de delitos como la usurpación de concesiones mineras o simplemente de apropiación de porción de suelo alterando linderos para la sustracción de minerales lo cual lleva a que se cometa otro delito, como el hurto.