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dc.contributor.authorVillazón, Eliodoro
dc.date.accessioned2016-10-12T19:13:01Z
dc.date.available2016-10-12T19:13:01Z
dc.date.issued1907
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/8336
dc.description.abstractLitigio de límites entre Bolivia y el Perú, donde se rechaza y observa las propuestas por parte de Bolivia las pruebas presentadas por la defensa peruana. La honorable comisión asesora del excelentísimo gobierno federal, en el acta que, para norma y régimen del debate fronterizo, redactó en 10 de noviembre de 1904, ha instituido: que, "las partes podrán observar y tachar las nuevas pruebas presentadas, quedándoles prohibido, sin embargo, aducir nuevos razonamientos ni producir probanzas, limitándose el plazo para ejercitar este derecho treinta días, que se contarán desde la fecha en que se hubiera puesto en conocimiento de las partes, la réplica de la contraria". Acatando cumplidamente, como que ello estamos reatados, lo proveído por el excelentísimo tribunal, se hizo uso de nuestro derecho. En cuanto las pruebas anteriores, las que se acompañaron al alegato principal de la república del Perú, ya expusimos la recusación del caso. Se plantea, por principio general, que no tienen ninguna pertinencia, mucho menos caracteres definitivos, capaces de dejar por concluida la contienda, documentos que no estuviesen estrictamente comprendidos y clasificados en el artículo 3º del tratado de 30 de diciembre de 1902.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherBuenos Aires : Compañia Sud-Americana de Billetes de Bancoes_ES
dc.subjectRELACIONES INTERNACIONALES BOLIVIA-PERUes_ES
dc.subjectTRATADOS INTERNACIONALES BOLIVIA-PERUes_ES
dc.subjectLIMITES BOLIVIA-PERUes_ES
dc.titleLitigio de límites entre Bolivia y el Perú : tacha de pruebas.es_ES
dc.typeOtheres_ES


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