Reglamento para la formacion del Censo y Catastro de la República.
Resumen
Que por ley de 8 de octubre de 1868, la Soberana Asamblea ha dispuesto que se levante el censo de la población y el catastro general de la República, para los fines indicados, se promulga el Reglamento para la formación del Censo y Catastro de la República.