"Análisis de la ley 145 del SEGIP respecto a la no obligatoriedad en la actualización de datos en la cédula de identidad en caso de cambio de domicilio"
Fecha
2023Autor
Torrico Gandarillas, Jeny Chari
Tutor
Rodríguez Gemio, Rubén Ramiro, tutor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación, ha sido elaborada como consecuencia de una imperiosa necesidad social de amparar jurídica y socialmente el correcto derecho de la identidad, tomando en consideración que la Cédula de Identidad es un documento con el cual se demuestra la identidad y la ciudadanía en Bolivia. Este documento cuenta con los datos personales y, por lo tanto, es personal e intransferible. Con este documento se permite obtener un control de la cantidad de personas que habitan en el país.
Por lo señalado, el documento de identidad según nuestro análisis a la Ley 145 del SEGIP debería ser actualizada en diferentes datos como el domicilio actual ya que todas las personas tienen garantías esenciales en un proceso, que deriva del principio constitucional de la inviolabilidad de defensa en juicio, a través del proceso por audiencia. Es decir, los ciudadanos al ser comunicados en su domicilio actual cumpliendo a cabalidad el principio constitucional de la publicidad, donde el ciudadano tendría conocimiento de procesos en su contra ya sean jurisdiccionales y/o administrativos.
Es en este sentido, que surge la motivación de realizar un análisis a la Ley 145 identificando el problema de investigación porque es evidente que la Ley N. 145 no refiere o prevé la obligación, advertencia y/o plazo para poder hacer el uso del derecho al cambio y registro del último domicilio actual.