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Análisis sobre la excepción de conciliación por única vez promovida por la víctima y no en caso de reincidencia de la ley No. 348 : ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia
dc.contributor.advisor | Rocabado Tubert, María Cecilia | |
dc.contributor.author | Laura Tupa, María Eugenia | |
dc.date.accessioned | 2019-08-22T21:48:32Z | |
dc.date.available | 2019-08-22T21:48:32Z | |
dc.date.issued | 2014 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/22542 | |
dc.description.abstract | Analiza e incluye algunos mecanismos necesarios en la ley No. 348 de la ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia de fecha 9 de marzo del 2013 en su articulo 46 paragrafo primero estableciendo un conjunto de parámetros acerca de la conciliación como excepción por vez primera siempre y cuando sea promovida por la victima y no persista caso de reincidencia, toda vez que la conciliación se encuentra literalmente prohibida en cualquier hecho de violencia contra las mujeres, que comprometa su vida e integridad sexual. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | DERECHO PROCESAL | es_ES |
dc.subject | CONCILIACION | es_ES |
dc.subject | DERECHO COMPARADO | es_ES |
dc.subject | VIOLENCIA CONTRA LA MUJER | es_ES |
dc.title | Análisis sobre la excepción de conciliación por única vez promovida por la víctima y no en caso de reincidencia de la ley No. 348 : ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia | es_ES |
dc.type | Thesis | es_ES |