Implementación de metodologías jurídicas para la optima elaboración del informe y la denuncia en las infracciones a Leyes sociales como prueba preconstituida que gozan de presunción de certeza salvo prueba en contrario (art.223 Código Procesal del Trabajo
Resumen
La población trabajadora de nuestro país se ve desprotegida en el campo laboral, por una parte, por la falta de conciencia de los empleadores ha momento de respetar los derechos laborales del personal bajo su dependencia, por otra también sufre el desamparo legal por la ineficiencia de acción del Estado. Gran parte de las protestas van dirigida contra la cartera de Estado que tiene tuición en la materia. el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, entidad que por el imperio de la Ley, tiene la facultad de realizar el control del cumplimiento de la normativa laboral social por parte de los empleadores, puesto que la finalidad de su cumplimiento es la protección al trabajador como unidad productiva del Estado, esta tarea, de difícil cumplimiento, por el universo de trabajadores y empleadores existentes en todo el país, Si bien es cierto que el Ministerio se ve incapacitado de abarcar todo ese universo por las limitantes logísticas y de personal, también es cierto que, la efectividad de los procesos sociales de infracciones a Leyes Sociales, seria un mensaje contundente para aquellos patronos infractores.