Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorGarzon Canedo, Javier Marco
dc.date.accessioned2017-12-20T16:20:15Z
dc.date.available2017-12-20T16:20:15Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/14410
dc.description.abstractla constitución política del estado garantiza el derecho civil y político de las bolivianas y los bolivianos a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país. para el ejercicio de este derecho, es necesario contar con un documento con validez internacional, expedido por las autoridades competentes, que identifica a su titular. de acuerdo a convenios internacionales, este documento es el pasaporte. por ello, a efectos de lograr que inclusive los bolivianos que se encuentra en situación de migración y que cuenten con una cédula de identidad, tenga derecho a solicitar la extensión de un pasaporte corriente, el estado plurinacional de bolivia, ha determinado la dotación de éste documento, a través de las misiones (secciones consulares) y oficinas consulares en el exterior, habiéndose creado los centros emisores de pasaportes en el exterior, tanto en españa como en estados unidos de norteamérica, encargados de la emisión de pasaportes, para su distribución a través de las misiones y oficinas consulares. en el marco de sus competencias específicas referidas al tema, este servicio debe ser realizado en coordinación con los ministerio de gobierno — dirección general de migración y el ministerio de economía y finanzas públicas — tesoro general de la nación. el decreto supremo n° 1751 del 02 de octubre de 2013, estableció que el ministerio de relaciones exteriores, con cargo a su presupuesto de recursos propios, pague al tesoro general de la nación, la suma de sus70.- por libreta de pasaporte requerida, previa la entrega física de los mismos, para su remisión a los centros emisores y su venta a los emigrantes bolivianos, a través de las misiones y oficinas consulares. al ser ambas instituciones parte de un mismo ente contable, denominado administración central, por ser parte del conjunto de instituciones que conforman el órgano ejecutivo, es necesario realizar el análisis del efecto ocasionado en sus estados financieros, por la aplicación de éste procedimiento.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Pública. Instituto de Investigaciones en Ciencias contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectDESCENTRALIZACIONes_ES
dc.subjectDEPARTAMENTO DE AUDITORIAes_ES
dc.subjectAUDITORIA INTERNAes_ES
dc.titleDescentralizacion de las funciones del Departamento de Auditoria Interna Caso: Universidad Mayor de San Andréses_ES
dc.typeThesises_ES


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem