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dc.contributor.authorSanchez, Francisco S.
dc.date.accessioned2016-08-23T18:33:48Z
dc.date.available2016-08-23T18:33:48Z
dc.date.issued1897
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/7572
dc.description.abstractHe ahí, el resultado de los acontecimientos del juicio que venimos siguiendo, a parte de otros juicios como consecuencias de éste, y de un juicio de deslinde deducido por los indígenas comunarios de Challana, contra los señores Nuñez del Prado, de todo lo que protestamos dar un conocimiento oportuno; siendo de notar que estos últimos por el hecho de haber obtenido del Poder Administrativo un auto para la exención de la contribución indigenal de sus colonos de Coscapa, han creido ser extensivo este auto, para los indígenas contribuyentes de Challana; sin que en este Cantón exista un punto llamado Coscapa para decir al amparo de este efujio que éstos son sus colonos. La resolución de 20 de enero de 1897, que ha visto la luz pública, está fundada en otra de fecha 2 de marzo de 1896, habiéndose anulado por ésta el auto pronunciado en 14 de noviembre de 1896, por el juez de apelaciones del Catastro del departamento, sobre exención del pago de la contribución indigenal, propuesta por la señora Rosa Z.v. de Nuñez del Prado, por la incompetencia del juez, ordenándose que la petición debe pasar a conocimiento de los tribunales ordinarios.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectLITIGIOS JUDICIALES 1897es_ES
dc.subjectJUICIO POR PROPIEDAD DE TIERRASes_ES
dc.subjectFINCA COSCAPA CHALLANA-LAPAZes_ES
dc.titleLa cuestión sustentada por la señora Rosa Z. v. de Núñez del Prado y sus hijos sobre amparo de posesión de la finca Coscapa contra los índigenas comunarios del cantón Challana representados por el señor Francisco S. Sanchez.es_ES
dc.typeOtheres_ES


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