Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorAraoz López, Gabriela Paula
dc.date.accessioned2017-07-05T12:43:58Z
dc.date.available2017-07-05T12:43:58Z
dc.date.issued2004
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/11151
dc.description.abstractLibertad de expresión con el uso de las nuevas tecnologías habré un espacio más amplio para la vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la propia imagen, el honor y la intimidad, que se ve frecuentemente vulnerados a través de internet, la televisión digital y la prensa sensacionalista que va aparejada a estos medios que a su vez permiten posibilidades de comunicación jamás antes soñadas. Motivos por los cuales el propósito de esta tesis es brindar una mayor y mejor protección jurídica al derecho de imagen desde la perspectiva de la propia imagen y la imagen patrimonial en la legislación Boliviana, puesto que actualmente la protección jurídica que da el Código Civil en su Art. 16 es insuficientes, puesto que no contempla el consentimiento expreso que las personas deben otorgar para que el uso de la imagen de las mismas sea legitimo. Asimismo, no distingue el derecho de la propia imagen del derecho patrimonial de imagen. Puesto que el derecho de la propia imagen es aquel derecho personalismo estrechamente unido a la intimidad y al honor, por lo cual se debe entender como una manifestación de la privacidad cuyo uso debe pertenecer sin exclusiones al propio sujeto del derecho. Mientras que el Derecho Patrimonial de Imagen surge como consecuencia de que en los tiempos actuales, la imagen se ha convertido en un valor patrimonial susceptible de que el hombre o la mujer, pueden explotar económicamente su imagen ya sea vendiéndola o comercializándola y por lo tanto llegando a tener un precio en moneda circulante, respecto al valor patrimonial o económico que posee la imagen de las personas, son estas mismas. Por lo que se explica que el derecho patrimonial de imagen surge cuando la imagen patrimonial de la que hablamos no es es personalísima, sagrada, intima y propia imagen de la persona, sin otra, una imagen muchas veces artificial, desprendida y creada por la persona como un reflejo para comercializar con ella.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisher[s.n.]es_ES
dc.subjectLegislación bolivianaes_ES
dc.subjectImagenes_ES
dc.subjectLibertad de expresiónes_ES
dc.titleNecesidad de protección del derecho de imagen de la perspectiva de la propia imagen y la imagen patrimonial en la legislación bolivianaes_ES
dc.typeThesises_ES


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem