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dc.contributor.authorCalle Chambi, Jacqueline Tania
dc.contributor.authorAyo Saucedo, Diego (Tutor)
dc.date.accessioned2016-10-31T19:50:09Z
dc.date.available2016-10-31T19:50:09Z
dc.date.issued2008
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/8914
dc.description.abstractEn la época del siglo XIX los derechos de la mujer boliviana eran escasos, no tenía derecho al voto así como tampoco a formarse académicamente, solo les permitían estudiar hasta el 3ro de primaria, nivel considerado suficiente pues eran vistas como inferiores frente a los hombres. La sociedad era totalmente machista y las mujeres en su mayoría se caracterizaban por ser sumisas, dedicadas solo a labores de casa tales como la crianza de hijos y más allá de sus quehaceres domésticos no tenían participación alguna en la sociedad. Acorde a Farit Rojas (investigador del Centro de Investigaciones Sociales), la Reforma Constitucional de 1945 otorgó a la mujer -por primera vez en la historia boliviana- el derecho al voto, pero solo en el ámbito municipal. Recién en 1952, mediante Decreto Supremo (Nº3128) se reconoció el voto universal y la mujer pudo votar en las elecciones nacionales de 1956. No solo los derechos políticos se encontraban vetados para la mujer, de la misma forma existían ciertos derechos civiles y laborales que requerían de aprobación por parte del esposo o pareja de esta, tal como se demuestra en el anterior Código de Familia (Decreto Ley Nº10426/1972) mediante el cual el marido podía oponerse a un trabajo escogido por su esposa si es que este lo consideraba degradante. En relación a los derechos laborales, la ley Gral. del Trabajo (1939) y su Decreto Reglamentario (1942) establecen ciertas diferencias con el trato que debe recibir la mujer trabajadora, privándolas de ciertas labores que sean peligrosas, insalubres o pesadas, así como en ocupaciones que perjudiquen su moralidad y buenas costumbres (art.59/LGT). Asimismo, existe un trato diferenciado con la mujer en la cantidad de horas semanales para trabajar, prohibiendo que sea superior a cuarenta (40) a diferencia del hombre puede trabajar cuarenta y ocho (48) horas. Por otra parte, la mujer trabajadora tiene derecho a los descansos pre y post natal (45 días antes del embarazo y 45 días después), también tiene el derecho a las asignaciones familiares (subsidios prenatal, lactancia, natalidad y sepelio), inamovilidad laboral por embarazo hasta que el hijo cumpla un (1) año de edad, derecho a los asuetos (a criterio del Min. de Trabajo) y a distintos permisos por homenajes al día de la madre, mujer boliviana, controles de salud (examen médico papanicolau), así como el permiso por accidentes de hijos menores de doce (12) años, entre otros derechos. La igualdad de oportunidades laborales de la mujer en la sociedad actual es muy cuestionada, habida cuenta que muchas veces evitan contratar a una mujer debido a que estas trabajan menor cantidad de tiempo. Desde el 2006 hasta la fecha la legislación boliviana ha precautelado la figura de la discriminación prohibiéndola en todas sus formas (inclusive con una ley especial), a pesar de ello, todavía muchas mujeres son víctimas de discriminación al momento de ser escogidas o una vez escogidas son discriminadas con una baja remuneración salarial.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Carrera de Ciencia Política y Gestión Públicaes_ES
dc.subjectGENEROes_ES
dc.subjectPROYECTO DE LEY CONTRA ACOSO SEXUALes_ES
dc.subjectVIOLENCIA POLITICAes_ES
dc.subjectPOLÍTICA DE GENEROes_ES
dc.subjectTRABAJO DIRIGIDO CIENCIA POLITICAes_ES
dc.titleConsolidando los derechos políticos de las mujeres, proyecto de ley contra el acoso y violencia política en razón de géneroes_ES
dc.typeThesises_ES


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