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    A consecuencia que en breve plazo más, se llevara a cabo en Río de Janeiro, la conferencia de Cancilleres de las 20 naciones americanas que componen la O.E.A. y en la que han de tratarse cuestiones de alta y señalada importancia, y entre otras aquella que figura en el Nº 7 de la respectiva agenda y se refiere al uso industrial y agrícola de los ríos internacionales y cuya definición y disposiciones afectarán gravemente los derechos e intereses de Bolivia o los pondrán a salvo de todo peligro, contingencias que deberán tenerse en cuenta para dar con la mejor solución, lo cual dependerá en absoluto de la posición jurídica que adopten nuestros representantes en aquella conferencia. (1)
    ACUERDO DE BUENOS AIRES 1941 (1)
    DECLARACION DE MONTEVIDEO 1933 (1)
    RIO PILCOMAYO APROVECHAMIENTO (1)