"Necesidad de implementar otras clases de penas en un futuro proyecto del código del sistema penal"
Fecha
2020Autor
Segales Escobar, David
Tutor
Justiniano Segales, Dante, tutor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El trabajo Dirigido aborda una problemática muy relevante referida al estudio profundo de las nuevas clases de sanciones penales, impuestas como una respuesta del Estado, incursas en el art. 35 del abrogado Código del sistema Penal, que sin embargo, como fue elaborada la parte dedicada a las sanciones por asesores extranjeros y estar al día con las nuevas ideas de los tratadistas en materia penal, merece ser considerada en futuros proyectos, además esta parte del código no fue observada, salvo la observación de la Cámara de Comercio, sobre la sanción penal a las personas jurídicas. Se trata de una norma muy novedosa y de orden moderno, además esta lleva una gasificación de las sanciones muy diferente a las clasificaciones anteriores que podríamos llamar clásicas, de las Penas que figuran actualmente en el art. 24 del actual Código Penal, que distingue 5 clases de Penas, 4 principales que son: El presidio, la Reclusión, la Multa y la Prestación de Trabajo y una accesoria, que es a Inhabilitación Especial. En cambio el proyecto del Nuevo Código del Sistema Penal, establece una clasificación muy diferente en su art. 35, que clasifica las Sanciones Penales en: Sanciones que afectan a la propiedad, Sanciones de hacer, Sanciones de no nacer, Sanciones Privativas de Libertad y las Sanciones Penales a las Personas Jurídicas.