Desarrollo de un Manual de Procedimientos Tributarios para la institución Cinca en conformidad con las Normas Legales Aplicables
Resumen
Si bien los impuestos alcanzados a las instituciones sin fines de lucro a nivel nacional están establecidos en la Ley 843, no se cuenta con un material específico que aglutine de manera general y particular todo lo relacionado a instituciones de este sector, por lo tanto este manual, será "guía", para el cumplimiento adecuado de todos los tributos alcanzados a este tipo de instituciones.
CINCA (Centro Integral de Niños en y de la Calle) al ser una entidad sin fines de lucro y creado en relación con la iglesia católica debe contar con una personería jurídica y para su funcionamiento necesita registrarse en Impuestos Internos para obtención del NIT "Numero de identidad tributaria" , para lo cual es importante la elaboración de un manual, tomando en cuenta que el conocimiento tributario es escaso por la administración y responsables de las mismas, es importante aclarar que la parte tributaria solo es de conocimiento de algunos especialistas en nuestro país, siendo que es materia de mucho estudio y constante actualización, siendo que la ley, los decretos reglamentarios y otras regulaciones cambiando y derogándose de manera regular acorde a las necesidades desde su inicio.
Es importante aclarar, que la actividad de CINCA, por excelencia son los servicios en alimentación, educación y protección, sin embargo no se descarta la posibilidad de otro tipo de transacciones que deberán cumplirse acorde a ley, por tanto, los impuestos comprendidos para este manual son el RC-IVA, de manera principal, aclarando que las instituciones sin fines de lucro están exentas del y el IUE, sin embargo este manual también incluirá este impuesto para aclarar la forma de acceder a la exención de estos y como llegarían a habilitarse estos impuestos para dichas instituciones.
El manual ayudará a la administración general de la institución, la comprensión y concientización tributaria, desde el cumplimiento de todos los tributos hasta las sanciones que hacen pasibles en incumplimiento de dichos tributos, a fin de salvaguardar posibles contingencias futuras que podrían culminar con el pago de multas y otros accesorios, que afectarían el patrimonio de esta institución