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dc.contributor.authorCarreón Zerain, Carla Guisela
dc.date.accessioned2017-08-10T14:27:52Z
dc.date.available2017-08-10T14:27:52Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/11748
dc.description.abstractLa propuesta de Reglamentación de la Ley 775 de Promoción de Alimentación Saludable promulgada el 8/1/2016 en su Art. 13 referente a: (OFERTA DE ALIMENTOS SALUDABLES) que señala a través de siete parámetros los requisitos que deben cumplir los establecimientos encargados del expendio de alimentos. Art.13. (OFERTA DE ALIMENTOS SALUDABLES) Todo establecimiento de expendio de alimentos deberá: a) Ofrecer con prioridad alimentos y preparaciones saludables; b) Ofrecer agua natural no embotellada, apta para el consumo humano, sin costo a los consumidores; c) Limitar la disponibilidad de sal, salvo requerimiento de las usuarias y los usuarios. d) Limitar la reutilización de aceites en frituras, de acuerdo a disposición reglamentaria. e) Incluir en el menú, mensajes que promuevan una alimentación saludable. f) Colocar en un lugar visible, mensajes que promuevan una alimentación saludable. g) garantizar la inocuidad alimentaria. Considerando a la alimentación como factor determinante de la buena salud y siendo está garantizada por la Constitución Política del Estado la ley 775 promueve hábitos alimenticios saludables a fin de prevenir las enfermedades crónicas derivadas de la mala alimentación. La Ley 775 no ha sido Reglamentada demandándolo incluso textualmente algunos de sus artículos. En cuanto al Art. 13 (OFERTA DE ALIMENTOS SALUDABLES) y sus parámetros es necesaria la reglamentación para su aplicación efectiva y para este efecto se ha realizado un análisis conceptual de los parámetros que señala este artículo determinando la importancia del conocimiento de cada uno de ellos para poder realizar la propuesta de reglamentación en base a la información que necesita el consumidor acerca de hábitos alimenticios saludables para optar por una buena elección que le permita prevenir enfermedades crónicas de largo y costoso tratamiento significando un alto gasto público para el Estado. Toda la investigación se ha realizado en base a la técnica de revisión bibliográfica analizando legislación nacional y revisando también las de otros países por estar estos a la vanguardia en cuanto a leyes alimenticias. Se ha determinado la conexión entre la mala alimentación y las enfermedades crónicas no Finalmente formulo las recomendaciones fruto de la investigación que me llevan a afirmar que la labor de prevención solo puede alcanzarse con información sobre buenos hábitos alimenticios.transmisibles como consecuencia de la falta de información sobre hábitos alimenticios saludables. La investigación concluye con la formulación de la propuesta de Reglamento de la Ley 775 de Promoción de Alimentación Saludable en su Art. 13 (OFERTA DE ALIEMENTOS SALUDABLES) y todos sus parámetros, adecuándolos para establecer el cómo cuando donde cuanto para que pueda ser efectiva su aplicación. Aportando este trabajo a través de la información obtenida formas de garantizar la Salud promoviendo una Alimentación Saludable y la prevención de enfermedades crónicas derivadas de la mala alimentación.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectAlimentos saludables-reglamentaciónes_ES
dc.subjectOferta alimentos saludableses_ES
dc.subjectReglamentación alimentoses_ES
dc.titleReglamentación del Art.13 (oferta de alimentos saludables) regulados por la Ley 775 de 8/1/2016 Ley de promoción de alimentación saludablees_ES
dc.typeThesises_ES


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